ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD DE DECRETO LEGISLATIBOS ANTILABORALES
POR: GODOFREDO ARIAS CRUZ
SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN
CEN CTE-PERU - CGTP
GOBIERNO AMPLEMENTA DESPIDO MASIVO DE TRABAJADORES EN EL SECTOR PÚBLICO
DECRETOS LEGISLATIVOS Nos. 1023-1024-1025-1026 Y 1057777
Los trabajadores yla opinión pública debe conocer la verdad de los Decretos Legislativos que este gobierno de turno viene implementando para despedir miles y miles de trabajadores, al estilo fujimorista:
1.- Con fecha 18 de Diciembre del 2007, el Congreso de la Republica en concordancia con la actual ConstituciónPolítica del Estado -CP- articulo 104º, delego facultades al Poder Ejecutivo para Legislar, a fin de facilitar la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial PERU-EE.UU. (Ley 29157).Entre las materias a legislar se encuentra la mejora del marco regulatorio, fortalecimiento institucional y simplificación administrativa, y modernización del Estado.
2.- Que en el marco de la actual Constitución Política (CP.Neoliberal) y la normatividad vigente el actual gobierno ha emitido 4 Decretos Legislativos , el DL.1023, que crea la Autoridad Nacional de Servicio Civil , el DL.1024, que crea el cuerpo de Gerentes Públicos, el DL.1025, que aprueba normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Publico y el DL.1026, que establece un Régimen Especial Facultativo para los Gobiernos locales que deseen implementar procesos de Modernización Institucional Integral, los mismos que tienen que ver con la función Publica y la Carrera administrativa en otras palabras con las “nuevas” relaciones laborales -RR.LL- en el Sector Publico. Situación que nos preocupa ya que los trabajadores tenemos leyes que rigen las RR.LL y que el Tribunal Constitucional ha señalado oportunamente (ver Resolución del TC. del 12 de Agosto de 2,005).
3.- Que dichas medidas se dan so pretexto de deficiencias en la competitividad y los servicios, estableciendo el merito personal como principio y fuente de Derechos. Cuando lo real es que estamos asistiendo a la implementación de las Políticas del FMI y de los Organismos Financieros Internacionales BM, recordemos que estamos pasando de las Reformas de 1ra. Generación (Elaboración de políticas, las mismas que no han tenido su impacto en las administraciones y menos en los usuarios) a las de 2da. Generación (implementación de las políticas afín de lograr un estado moderno, eficiente y de calidad en el servicio.) que aseguren la continuidad del Modelo Neoliberal.
4.- Los referidos Decretos Legislativos, en su esencia constituyen una involución al Derecho Laboral ya que revive el Servicio Civil, laque entre otros restituye el despido por eliminación de Plazas, crea una “casta burocrática” como es el Cuerpo de Gerente Públicos, que son funcionarios que están fuera del régimen, sistema y escala remunerativa publica (ganaran mas que un Ministro) y reitera un sistema evaluativo que entre otros pone en riesgo la estabilidad y la carreraadministrativa.
5.- Dichas medidasreflejan por parte del actual Gobierno, la falta de respeto a la normatividad vigente nacional e internacional, a los espacios de diálogos democráticos, a los poderes del estado y al estado de derecho, ya que el tema de la Función Publica ha venido siendo tratado con carácter prioritario en el Congreso de la Republica vía las Comisiones de, Modernización y Descentralización de Estado y de Trabajo, donde uno de los principales animadores del debate ha sido el movimiento sindical estatal bajo el eje de la CTE-CGTP. De igual manera este tema ha venido siendo abordado en el Consejo Nacional del Trabajo, el Acuerdo Nacional y la OIT.
6.- Ante tal situación y ante la fragante violación de la Constitución Política del Estado, Capitulo IV -Función Pública-, es que la CTE/CGTP interpondrá recurso de Acción de Incostitucioanalidad contra los Decretos Legislativos arriba mencionados, así mismo ante la falta de participación de los involucrados (trabajadores) en la modificatoria de la función publica, la CTE/CGTP presentara queja ante la OIT, por violación de los Convenios Nos. C-111, sobre la discriminación (empleo y ocupación)y C-151, sobre las relaciones de trabajo en la administración pública, ambos ratificados por el Estado Peruano, de igual manera y en el marco del Capitulo Laboral del Acuerdo de Promoción Comercial con EE.UU. denunciara ante la contraparte la violación de derechos laborales en el sector público. Finalmente estamos en proceso de recaudar las firmas y defender nuestra estabilidad laboral, que significa la educación, salud y sustento de nuestras familias.